¿Qué pasará con la SCJN tras la renuncia de 8 ministros?
Este miércoles el Senado de la República recibió la renuncia anticipada de ocho de los 11 ministros que conforman la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Entre las dimisiones se incluyó la de Norma Piña Hernández, ministra presidenta del alto tribunal.
Además de Norma Piña, entregaron su carta de renuncialos ministros Luis María Aguilar Morales -quien concluye su periodo el 30 de noviembre-, Jorge Mario Pardo Rebolledo, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Alberto Pérez Dayán, Javier Laynez Potisek, Juan Luis González Alcántara Carrancá, y la ministra Ana Margarita Ríos Farjat.
Sumado a las renuncias los ocho ministros también subrayaron su decisión de no participar en el proceso electoral mediante el cual se renovará a ministros, jueces y magistrados el próximo 1 de junio de 2025.
¿La SCJN se quedará sin ministros por las renuncias?
Sin embargo, la SCJN no se quedará sin ministros y ministras de forma prematura, puesto que en siete casos la separación del cargo será efectiva hasta el 31 de agosto de 2025. Es decir que durante los siguientes 10 meses los ministros que presentaron su renuncia seguirán desempeñando sus funciones como integrantes del tribunal.
Todas las renuncias tienen una característica común: la negativa de los ministros para participar en las elecciones judiciales.
La elección por voto de jueces, ministros y magistrados está contemplada en la Constitución y laLey General de Instituciones y Procedimientos Electorales, luego de que el 15 de septiembre de publicó la reforma constitucional y el 14 de octubre la reforma legal; ambas en el Diario Oficial de la Federación.
8 ministros que renunciaron a la SCJN advierten que elección judicial afecta la independencia del PJF
Las modificaciones al marco legal de México fueron impulsadas por el expresidente Andrés Manuel López Obrador desde el 5 de febrero pasado, con la idea de combatir la corrupción en el Poder Judicial de la Federación. En contraparte, la mayor parte de las personas juzgadoras consideran que se trata de una invasión de poderes y que la elección popular de ministros, jueces y magistrados viola la independencia judicial.
Entre quienes advierten que la elección judicial trastoca la independencia del Poder Judicial de la Federación (PJF) se encuentran los ocho ministros que renunciaron este miércoles.
Para la renovación de cargos en el Poder Judicial de la Federación, las reformas establecieron que el 1 de junio de 2025 mediante unas elecciones extraordinarias se votará por sustituir la totalidad de la Suprema Corte, las vacantes del Tribunal Electoral, el nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, así como la mitad de plazas de jueces y magistrados y en las elecciones concurrentes de 2027 la otra mitad.
Al considerar que actualmente hay personas desempeñando los cargos de ministros, jueces y magistrados, las reformas precisaron que quienes deseen participar en las elecciones tendrán un “pase directo” para ser candidatos a su mismo cargo y competir en las urnas. Esto sin necesidad de pasar por el filtro de los comités de evaluación que definirán el resto de candidaturas.
No obstante, para quienes no deseen participar en la elección judicial, se instruyó la obligación de informar al Senado de la República de la decisión de cada ministro, juez y magistrado sobre la declinación de su candidatura. En caso de no declinar, se dará por válida la candidatura.
Para el proceso electoral extraordinario de 2025, el Senado publicó el martes antepasado un acuerdo para establecer que la fecha límite para recibir las declinaciones de personas juzgadoras es este 30 de octubre de 2024.
Así, el 1 de junio de 2025 se elegirán nuevos ministros de la SCJN, magistrados del Tribunal Electoral, jueces de distrito y magistrados de circuito. Todos los ganadores en las urnas tomarán las riendas de su encargo y rendirán protesta ante el Senado el 1 de septiembre de 2025, es decir, un día después de que se hagan efectivas las renuncias de ministros, jueces y magistrados.
Con su renuncia anticipada, los ocho ministros de la corte que dimitieron serán acreedores a un “haber de retiro”, es decir una pensión, proporcional al tiempo que se desempeñaron como integrantes de la Suprema Corte.